Profesor: Antonio Luna

Profesor: Antonio Luna
Educación Social y Cívica -Sociología - Derecho



lunes, 17 de mayo de 2010

Ley 17.677. Incitación al odio, desprecio o violencia o comisión de estos actos contra determinadas personas.

Artículo 1. El que públicamente o mediante cualquier medio apto para su difusión pública incitare al odio, al desprecio, o a cualquier forma de violencia moral física contra una o más personas en razón del color de su piel, su raza, religión, origen nacional o étnico, orientación sexual o identidad sexual, será castigado con tres a dieciocho meses de prisión.
Artículo 2. El que cometiere actos de violencia moral o física de odio o de desprecio contra una o más personas en razón de su piel, su raza, religión, origen nacional o étnico, orientación sexual o identidad sexual, será castigado con seis a veinticuatro meses de prisión.

10 comentarios:

  1. para mi que tendrían que ser de 6 a 24 pero no meses años porque creo yo que lastimar a una persona no le veo la gracia

    marcos da silva 3ro1

    ResponderEliminar
  2. La ley renovada esta aplicada mas corta pero mas compleja con la actualidad por que se trata de mas tiempo en pricion.

    Comentado por:Edinson Barreto 3ª1

    ResponderEliminar
  3. para mi que cualquier violencia que tenga como objetivo reparar la conducta de cualquier ser humano ,no puede ser de ninguna manera sancionado (sancionar a el agresor) ya que hoy en dia los hijos alcansan a pegarles a los padres.

    ResponderEliminar
  4. perdon el comentario de arribe es comentado por mauricio lacroix.

    ResponderEliminar
  5. Bueno yo digo que sea el tiempo que sea las personas van a ser siempre las mismas; aunque por ahí pueden razonar un poco...
    Pienso que no debe existir violencia por las diferencias de religión, raza u orientación sexual.

    Tattiana Viera 3º4

    ResponderEliminar
  6. Para mi esta ley esta muy bien PORQUE en primer lugar será castigado cualquier persona que públicamente o mediante cualquier medio apto para su difusión pública incitare al odio, al desprecio, o a cualquier forma de violencia y tanbien será castigado El que cometiere actos de violencia moral o física...
    porque si no se permite este tipo de públicasion puede desminuir este tipo de violencia en la sociedad...Miguel Soca y Emilio Suares 3.4

    ResponderEliminar
  7. Esta ley plantea las sanciones que se les otorgan a las personas que agredan de diferentes formas a otras. Es muy positivo para la comunidad que esto sea así, para evitar y regular, y para nosotros, conocer y saber sobre estas penas, para dibulgarlas y respetarlas, pues no son muy conocidas, y muchas veces se viven situaciones de este tipo que no sabemos tienen sanción.
    Blanca González 3º3

    ResponderEliminar
  8. para mi que cualquier violencia que tenga como objetivo reparar la conducta de cualquier ser humano ,no puede ser de ninguna manera sancionado (sancionar a el agresor) ya que hoy en dia los hijos alcansan a pegarles a los padres.en primer lugar será castigado cualquier persona que públicamente o mediante cualquier medio apto para su difusión pública incitare al odio, al desprecio, o a cualquier forma de violencia y tanbien será castigado El que cometiere actos de violencia moral o física...
    porque si no se permite este tipo de públicasion puede desminuir este tipo de violencia en la sociedad.

    ResponderEliminar
  9. Para mi esta ley es muy poca exigida porque la gente tendria que obedecerla y tendrian que ponerles mas años o meses de pricion.
    la igualdad tendria que ser para todos igual sin descrimiasiones seria mas linda la vida.

    ResponderEliminar
  10. ESTOY DE ACUERDO Q SE SANCIONE A LA PERSONA Q SEA CAPAZ DE AGREDIR A OTRA, PERO HAY Q TENER EN CUENTA Q NIÑOS Y ADOLECENTES AGREDEN,¿Y Q SE DEBE HACER CON ELLOS? YA Q NO SE LOS PUEDE LLEVAR A PRISION.
    TATIANA PEREIRA 3ª1

    ResponderEliminar

Hay que animarse a escribir